martes, 11 de octubre de 2011

MEJOR TOMAMOS UÑA DE GATO, CHANCAPIEDRA, BOLDO .........

La bolsa o la vida O MEJOR DICHO "ENTRA EN UNA FARMACIA Y SALES EN BOLSA"
                                
Una posición sobre propiedad intelectual y medicamentos argumentaba que uno de los “desaciertos” de la legislación peruana sobre el tema es que “no existe en el país el ‘linkage’ o vinculación entre la autoridad regulatoria (Digemid) y la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (Indecopi) y, que por lo tanto, se viene otorgando registros sanitarios a productos que cuentan con patentes vigentes a favor de una tercera empresa”.
Según el propio texto del Acuerdo de Promoción Comercial (llamado TLC) con los EE.UU. en el Capítulo 16 -precisamente sobre Propiedad Intelectual- cuando una Parte permita, como condición para la aprobación de comercialización de un producto farmacéutico, que personas diferentes a la persona que originalmente presentó la información de seguridad o eficacia, se apoyen en la evidencia de la información de seguridad o eficacia de un producto que fue previamente aprobado -tal como la evidencia de aprobación de comercialización previa en el territorio de la Parte o en otro territorio- la Parte podrá implementar las disposiciones del párrafo 3:
(a) implementando medidas en sus trámites de aprobación de comercialización a fin de impedir que otras personas comercialicen un producto amparado por una patente que reclame el producto o su método de uso aprobado durante el término de esa patente, a menos que sea con el consentimiento o asentimiento del titular de la patente 17; ...”
“17: Para mayor certeza, las Partes reconocen que esta disposición no implica que la autoridad encargada de aprobar la comercialización deba hacer validación de patente o determinaciones sobre infracciones”.
A la luz de todo ello, no debe existir este enlace (“Linkage”) entre la DIGEMID y el INDECOPI. Ese fue uno de los motivos por los que el TLC con Estados Unidos tuvo que ser enmendado por el propio gobierno norteamericano, y firmado nuevamente por el Perú. El Congreso de ese país argumentó que “Desgraciadamente, los recientes tratados de libre comercio de los EE.UU. (TLC) parecen socavar este compromiso con disposiciones que menoscaban las flexibilidades a las cuales tienen derecho los países bajo el TRIPS. Las disposiciones del TLC también parecen trastornar el importante balance entre innovación y acceso aumentando los derechos de propiedad intelectual a expensas de la salud pública. El resultado final es que amenazan con restringir el acceso a las medicinas que salvan vidas y crear condiciones donde los países pobres podrían esperar aún más que los Estados Unidos de America para acceder a los medicamentos genéricos”.Inconveniente vinculación
La intención de haberse pedido en su momento, la denominada Vinculación, era para retrasar las solicitudes y otorgamientos de los Registros Sanitarios de los Medicamentos Genéricos; y con el dinero de los peruanos, se pretendía que las autoridades defiendan los intereses de las Transnacionales Farmacéuticas, cuando deben hacerlo en la instancia que corresponde; jamás utilizar nuestros escasos recursos para ello.
No debemos seguir socavando el derecho a la salud Pública a cambio de extender el monopolio de ciertos medicamentos. Se trata de fomentar competencia a favor de la salud y la Vida en nuestro país. Lo que menos necesitamos es el uso de artificios legales para extender aún más dichos monopolios.
La Protección a los Datos de Prueba es una concesión que ha otorgado el Perú a requerimiento del gigante del Norte a cambio de intereses eminentemente comerciales; ventajas arancelarias a cambio de salud Pública, cuyas consecuencias aún no podemos calificar como “aciertos”. 
 ¡LA VERDAD,   ENFERMARSE ES PARA MORIR!!!!!!.................

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