Refirió que el “indulto per se” está vedado para los casos de los condenados por secuestro agravado y los delitos que ha cometido el ex mandatario Fujimori.
Sin embargo, dijo, existe la posibilidad del indulto humanitario, para el cual el condenado debe cumplir las condiciones señaladas por el Tribunal Constitucional.
“El Tribunal Constitucional señaló que el indulto humanitario se concede únicamente en tanto el condenado sea portador de una enfermedad grave que lo conduzca inexorablemente a la muerte”, subrayó.
INDULTO VULNERARÍA IGUALDAD
No obstante, advirtió que ese beneficio para el ex presidente Fujimoripodría eventualmente vulnerar el principio del derecho de igualdad.
“Algunos presos en las mismas condiciones de una persona que no está precisamente grave podrían reclamar lo mismo”, explicó.
Además, recordó que el indulto humanitario debe ser concedido después de un informe técnico de la Comisión de Indultos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. “Y este sustento técnico puede ser expedido por una junta médica independiente, que efectivamente evalúe la condición médica del solicitante”, precisó.
También señaló que existen antecedentes de anulación de indultos, no solamente en los tribunales internacionales, sino en el mismo fuero interno, como el caso del ex broadcaster, José Enrique Crousillat, en marzo del 2010. “Yo estoy absolutamente convencido de que en este caso se va a respetar la ley que establece las condiciones para solicitar este indulto”, puntualizó.
No hay comentarios:
Publicar un comentario